Base sorteo – Apple Watch

1.- Compañía organizadora

La empresa GRUPO GREENING 2022 S.A con NIF: A-19714559 organiza un sorteo entre sus accionistas de un Apple Watch serie 9.

2.- Objeto y mecánica del sorteo

2.1- ¿Cómo se participa en el sorteo?

Rellenar los datos del formulario que hay en la web de Greening Group.

2.2.- ¿Cuándo es el sorteo?

Se realizará el sorteo el día 01/07/024 entre los participantes que cumplan los requisitos (Ser accionista de la empresa).

2.3- ¿Qué premio tengo si gano?

Un reloj Apple Watch serie 9.

3.- Duración y Ámbito

La fecha de finalización se establece el día 28 de junio de 2024 a las 23:59 PM.

4.-Requisitos para participar

Podrán participar en el concurso:

  • Todas las personas físicas mayores de 18 años que sean inversores de la empresa.

5.- Selección del ganador / ganadores, suplentes, comunicación y entrega

La selección del ganador se realizará mediante sorteo entre los participantes que cumplan los requisitos.

La elección del ganador se realizará mediante una aplicación externa, por lo que desde Greening Group no se guardará responsabilidad alguna por el resultado.

Si no se logra contactar con el ganador en un plazo de 7 días tras la finalización del Concurso desde el primer intento de contacto, o éste renunciara al premio, se procederá a seleccionar un nuevo ganador, perdiendo el anterior ganador su derecho a reclamar el premio.

6.- Protección de datos

La empresa garantiza el cumplimiento íntegro de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal en el tratamiento de los datos personales recogidos en el presente SORTEO, en especial por lo que se refiere a la atención del ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos personales de los participantes.

7.- Aceptación de las bases.

La simple participación en el sorteo implica la aceptación de las presentes Bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, la empresa quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.